Aunque la cuantía máxima de una pensión por incapacidad permanente puede superar los 3.000 euros al mes, más ahora que esta pensión se ha revalorizado un 3,8%, la mayoría de pensionistas cobra una cifra muy inferior.

Esto se traduce en casos muy concretos de personas que no llegan a final de mes porque la cuantía en que se les queda la prestación es insuficiente. Sin embargo, existen varias ayudas que se pueden compatibilizar con la pensión por incapacidad permanente.

Cinco prestaciones adicionales que son compatibles con las modalidades parcial y total de la pensión por incapacidad.

Más información (Auto)

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¿Qué ayudas se pueden compatibilizar con la pensión de incapacidad permanente?

Renta activa de inserción (RAI). Para personas desempleadas durante un largo periodo de tiempo y con dificultades económicas.Subsidio para mayores de 45 años sin cargas familiares. Para personas que no tienen personas a su cargo y que son demandantes de empleo. Subsidio para mayores de 52 años. Similar al anterior, pero pudiendo cobrarse hasta la edad de jubilación y permitiéndole cotizar hasta entonces.Ayuda familiar. Un subsidio orientado a desempleados con cargas familiares que ya han agotado la prestación contributiva por desempleo (el paro).Subsidio extraordinario por desempleo. Si has agotado todos los subsidios anteriores a los que tenías acceso, podrás solicitarlo si no has cumplido la edad ordinaria de jubilación y careces de rentas.

En caso de estar cobrando una pensión por incapacidad permanente en su modalidad total o parcial, solicita más información al órgano correspondiente para complementar con algunas de estas ayudas la cuantía total.

 

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