Los pensionistas que reciben pensiones no contributivas de jubilación o invalidez, así como aquellos que cobren pensiones contributivas y residan en el extranjero, están obligados a completar ciertos trámites antes del 31 de marzo de 2024. Estos procedimientos son esenciales para mantener el pago regular de las pensiones y garantizar la transparencia en su gestión por parte de la Seguridad Social.

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Uno de los requisitos fundamentales es la presentación de una declaración anual de Rentas, en la cual se detallan los ingresos del beneficiario y los de su unidad de convivencia, si la hay. Esta declaración se realiza para verificar que se cumplen los requisitos necesarios para seguir recibiendo la pensión, y cualquier cambio en los ingresos debe ser comunicado de inmediato.

En el caso de los pensionistas que residen fuera de España y reciben pensiones contributivas de jubilación, deben presentar anualmente una fe de vida y estado. Este documento debe ser remitido a la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social durante los tres primeros meses del año para evitar la suspensión temporal de la pensión.

Además de estos trámites, es importante comunicar cualquier cambio en la cuenta bancaria y/o domicilio asociado a la pensión. Aunque no sea obligatorio durante el primer trimestre del año, es necesario realizar esta comunicación en caso de modificaciones para evitar sanciones y suspensión temporal de la pensión. La colaboración activa de los pensionistas en estos procedimientos contribuye al buen funcionamiento del sistema de pensiones y garantiza el pago regular de las prestaciones.

 

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