La Fiscalía Especial Contra el Crimen Organizado (FESCCO), en conjunto con la Dirección de Lucha Contra el Narcotráfico (DLCN), comenzaron este viernes con la incautación y aseguramiento de bienes al expresidente Juan Orlando Hernández, solicitado en extradición por Estados Unidos.

Esto luego de un coordinado trabajo de investigación patrimonial y financiero sobre el núcleo familiar del ciudadano Juan Orlando Hernández Alvarado, ejecutan operación para el aseguramiento e incautación de los bienes muebles, inmuebles, sociedades mercantiles y productos financieros.

Lo anterior detalla la Fiscalía vinculados al núcleo familiar de los Hernández, quienes son sujetos de investigación conforme a las causales de Privación de Dominio de Bienes de Origen Ilícito.

Dentro de las vinculaciones sostenidas por el Ministerio Público para solicitar la imposición de medidas precautorias, cautelares o de aseguramiento de bienes se encuentra su relación señalada con personas vinculadas al narcotráfico y con quienes en su momento existió relación transaccional financiera y de constitución de sociedades.

Con fundamento en los fuertes antecedentes de hechos plasmados en los informes de investigación que sirvieron de sustento para fijar la pretensión de las medidas sobre el patrimonio identificado del ciudadano Juan Orlando Hernández Alvarado y su núcleo familiar, el Ministerio Público a través de la FESCCO, presentó la solicitud ante el Juzgado de Letras de Privación del Dominio de Bienes de Origen Ilícito.

Todo esto para el aseguramiento e incautación de 33 bienes inmuebles distribuidos en los departamentos de Francisco Morazán, Olancho y Lempira, ocho sociedades mercantiles, 16 vehículos y productos financieros.

Es importante destacar que el Juez competente decidió otorgar el aseguramiento del total de bienes fijados en la pretensión del Ministerio Público, (lo que implica una prohibición registral de celebrar actos y contratos sobre los referidos bienes).

El Ministerio Público es del criterio que en relación a los bienes otorgados en dación de pago a una institución financiera, luego de iniciado el proceso de extradición, se debe examinar la debida diligencia y acreditación de una tercería de buena fe exenta de culpa.

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