Tras una serie de internas y después de que se conociera la inflación de febrero, el Gobierno decidió poner en marcha una estrategia contra la suba de alimentos. Así, la administración mileísta anunció la apertura de las importaciones para productos de la canasta básica, con el objetivo de contener los aumentos de empresas locales. La medida implica una reducción en los plazos de pago y la suspensión del impuesto a las Ganancias y de la percepción del IVA adicional a las importaciones por un plazo de 120 días, y se oficializó con la Resolución 5490/2024 publicada esta semana en el Boletín Oficial,

“El contexto de alta inflación que atraviesa el país requiere de la implementación de diversas medidas que permitan mitigar sus efectos sobre los sectores más vulnerables”, se lee en la resolución 5490 publicada por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) días atrás.

Así, el Banco Central anunció la disminución del plazo de pago de importaciones que pasarán de un esquema de pago en cuatro cuotas a los 30, 60, 90 y 120 días a uno de una sola cuota a los 30 días. Además, se determinó dejar en standby, durante cuatro meses, el cobro de la percepción de IVA adicional e impuesto a las Ganancias a las importaciones de estos productos y de los medicamentos.

🗣️ “Se abrirá la importación para productos de la canasta”

Manuel Adorni confirmó la medida luego de la reunión de Caputo con los ejecutivos de los principales supermercados y afirmó que se quitarán algunos impuestos “para que los precios sean más competitivos”.

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— La Nación Más (@lanacionmas) March 12, 2024

Tras el anuncio del Gobierno, desde la Unión Industrial Argentina (UIA) hablaron de un “trato desigual” para la producción local. “Mientras los productores nacionales deben pagar en cuatro cuotas mensuales y con impuesto PAIS los insumos necesarios para la fabricación, los importadores de bienes terminados estarán exentos de impuestos y tendrán acceso total a las divisas necesarias en un solo pago a 30 días. El anuncio afecta seriamente la competitividad de las empresas que operan, producen y emplean en el país”, protestó la entidad.

Analistas económicos consideraron que será difiícil que esta medida impacte sobre los precios en el corto plazo, como es la intención del gobierno de Javier Milei. “Estas medidas que se plantean de abrir la economía y facilitar las importaciones pueden generar alguna contención [en los precios], pero no creo que sea instantáneo”, comentó Camilo Tiscornia, de la consultora C&T.

En sentido similar se expresó Sebastián Menescaldi, director de Eco Go. En su caso, consideró que las medidas planteadas el Gobierno pueden tener, en realidad, un impacto acotado en la desaceleración de ciertos precios. “Esto es así porque los procesos de importación demoran, y no va a aparecer la oferta rápidamente”, aseguró.

Ante mucha expectativa y tras una consulta de LA NACION, fuentes gubernamentales brindaron el detalle de todos los productos que serán afectados por la decisión del Gobierno.

Uno por uno, los productos

Carne y despojos comestibles de las especies bovina, porcina, ovina y de aves que sea fresca, refrigerada, congelada, salada o en salmuera, seca o ahumada.Pescados y crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos frescos, refrigerados, congelados, salados o en salmuera, secos o ahumados.Leche y productos lácteos.Huevos de ave.Miel natural.Hortalizas, plantas, raíces y tubérculos alimenticios; frescos, refrigerados, congelados, secos o conservados de otro modo.Frutas y frutos comestibles; frescos, congelados, secos o conservados de otro modo.Café, té y yerba mate.Especias.Cereales, excepto para siembra.Harina, malta, almidón y fécula.Semillas y productos oleaginosos, excepto para la siembra; semillas y frutos diversos, excepto para la siembra; algarrobas, algas, remolacha azucarera y caña de azúcar; paja y forraje.Gomas, resinas y demás jugos y extractos vegetales.Grasas y aceites animales, vegetales o de origen microbiano; grasas alimenticias elaboradas; ceras de origen animal o vegetal.Preparaciones alimenticias de carne, pescado, crustáceos, moluscos o demás invertebrados acuáticos o de insectos.Azúcares y artículos de confitería.Cacao y sus preparaciones.Preparaciones a base de cereales, harina, almidón, fécula o leche; productos de pastelería.Preparaciones de hortalizas, frutas u otros frutos.Preparaciones alimenticias diversas. Ejemplo: a base de café, té o yerba; salsas preparadas, aderezos, sopas, helados.Agua, incluso saborizadas, y demás bebidas no alcohólicas.Cerveza.Vinagre.Medicamentos dosificados o acondicionados para la venta al por menor.Champú.Dentrífico.Preparaciones para afeitar.Desodorantes corporales y antitranspirantes.Jabón de tocador (incluso los medicinales).Agentes de superficie orgánicos aniónicos, incluso acondicionados para la venta al por menor.Detergentes.Insecticidas.Desinfectantes.Aprestos.Preservativos.Papel higiénico, pañuelos y servilletas de papel.Hisopos.Máquinas de afeitar descartables.Compresas y tampones higiénicos, pañales y artículos similares de cualquier materia. 

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