La existencia de indiferencia y falta de relación familiar con los nietos no es una “justa causa” para desheredarles. Así lo ha fijado el Tribunal Supremo en una reciente sentencia (cuyo texto puede consultar aquí) en la que establece que la legislación vigente no permite excluir de los bienes del fallecido a los llamados “legitimarios” únicamente por este motivo. La resolución anula la cláusula por la que una mujer había desheredado a dos nietas con las que no tenía relación alguna tras la muerte prematura de su hijo.

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