El Congreso Nacional, en la sesión virtual de este miércoles aprobó reformas a la Ley de Financiamiento, Transparencia y Fiscalización a Partidos Políticos y Candidatos, para que movimientos internos asignen a una persona para abrir cuentas bancarias a nombre de la corriente.

Según la reforma aprobada, los movimientos internos deben designar a una persona durante su vigencia para que reciba aportaciones o contribuciones de personas naturales o jurídicas.

Asimismo, esa persona asignada tendrá la obligación de abrir cuentas bancarias a nombre del movimiento en instituciones del Sistema Financiero Nacional, siendo la responsable de rendir cuentas a través del partido político.

El diputado proyectista, Mario Segura explicó que “el problema que tenemos es que cuando vamos a un proceso interno las diferentes corrientes que participan no tenemos personería jurídica, solo la tiene el partido al que pertenecemos los movimientos”.

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